InicioPaísSheinbaum: Militares Sí pueden ocupar cargos de elección popular

Sheinbaum: Militares Sí pueden ocupar cargos de elección popular

La presidenta Claudia Sheinbaum ha salido al paso de las críticas de la oposición, calificándolas de “ignorantes”, sobre la posibilidad de que miembros de las fuerzas armadas ocupen cargos de elección popular. Sheinbaum enfatizó que esta facultad no es una novedad introducida por la reciente Ley de la Guardia Nacional, sino un derecho establecido en la Constitución desde 1917 y en la Ley Orgánica del Ejército.

Desde el Salón de Tesorería, la mandataria afirmó: “Una de las críticas muy ignorantes, que solo muestra desconocimiento, es que ahora un elemento de la Guardia Nacional puede pedir licencia para participar en algún puesto de elección popular o cargo”.

La presidenta detalló que el Artículo 55, fracción IV, de la Constitución estipula claramente que los militares que aspiren a ser diputados deben dejar el servicio activo y no tener mando policial en el distrito electoral al menos 90 días antes de la elección. Asimismo, recordó que la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea, vigente desde 1986, también contempla estas disposiciones. “Se está haciendo una similitud entre los miembros de la Guardia Nacional y los del Ejército o la Fuerza Aérea”, puntualizó Sheinbaum, desmintiendo que la nueva ley otorgue privilegios inéditos.


Licencias especiales: Una opción existente para militares

La aclaración de Sheinbaum surge en medio de la discusión en el Congreso sobre la reforma a la Guardia Nacional. Políticos de oposición, como Ivonne Ortega Pacheco de Movimiento Ciudadano, han alertado sobre el Artículo 44 de la Iniciativa de Ley de la Guardia Nacional, que permitiría a los integrantes de esta corporación solicitar una “licencia especial” para contender por cargos públicos.

Al respecto, Arturo Coronel, jefe del Estado Mayor Conjunto de la Defensa Nacional, explicó que los militares tienen acceso a cuatro tipos de licencias: ordinaria, ilimitada, especial y por edad límite. Precisó que la “licencia especial” es precisamente la que se concede a los militares para el desempeño de cargos de elección popular.

El mencionado Artículo 44 de la Iniciativa de Ley de la Guardia Nacional especifica que la licencia “especial” se concede al personal militar con formación policial para:

  • Desempeñar cargos de elección popular.
  • Asumir nombramientos del Ejecutivo Federal para actividades ajenas a la Guardia Nacional.
  • Realizar actividades o empleos civiles en diversas dependencias públicas que requieran una separación temporal de sus funciones de seguridad.

El documento también establece que la concesión o negación de esta licencia es facultad exclusiva del titular del Ejecutivo Federal y, en su caso, de la Secretaría correspondiente, y será por el término específico del empleo o comisión solicitados.

A pesar de las explicaciones, Sheinbaum fue contundente al reiterar la vocación principal del Ejército. “El Ejército no está para los puestos de elección popular, no está para ser popular. Está para defender al país”, sentenció.

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