Por Violetta, Trabajadora
Mientras la Unión Nacional de Técnicos y Profesionistas Petroleros (UNTyPP) realiza diversas movilizaciones para exigir incrementos salariales y denunciar lo que considera un trato discriminatorio hacia técnicos y profesionistas de Petróleos Mexicanos, al interior de la organización algunos de sus propios afiliados cuestionan a la dirigencia nacional por posibles incumplimientos en materia de transparencia, democracia sindical y administración de sus cuotas.
La controversia plantea una contradicción que trabajadores de la organización consideran necesario esclarecer, ¿los principios de legalidad, igualdad y respeto a los derechos laborales que el sindicato exige a Pemex se observan también hacia el interior de la propia organización?
Rendición de cuentas y una nueva controversia por las firmas
Uno de los principales cuestionamientos se refiere al manejo del patrimonio sindical.
El artículo 373 de la Ley Federal del Trabajo obliga a las directivas sindicales a rendir a la asamblea, por lo menos cada seis meses, cuenta completa y detallada de la administración del patrimonio, incluidos los ingresos por cuotas y su destino.
Afiliados de la UNTyPP sostienen que durante las gestiones de Martín Ruiz Gámez y de Silvia Ramos Luna no han recibido nunca esas rendiciones semestrales en los términos previstos por la legislación. Algunos afiliados ya han llevado la situación ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL), sin que, según los promoventes, hasta ahora exista una respuesta que resuelva de fondo sus planteamientos.
La controversia adquirió una nueva dimensión este 28 de septiembre, pues de acuerdo con varios afiliados, Patricia Viveros Dominguez actual secretaria de finanzas y secretaria general electa junto con el comité ejecutivo nacional habrían acordado la necesidad de obtener firmas de afiliados para acreditar la recepción de información relacionada con la rendición de cuentas de meses anteriores y poder presentarlas ante el Centro Federal.
Y es que una cosa es regularizar ahora una obligación pendiente, que no es lo mismo que recabar firmas que pretendan acreditar que una rendición de cuentas fue realizada anteriormente si ésta no ocurrió.
Por ello, las preguntas son concretas: ¿qué documentos se están pidiendo firmar?, ¿a qué periodos corresponden?, ¿cuándo se celebraron las asambleas respectivas?, ¿qué información financiera se entregó a los afiliados y en qué fecha?
Pagan cuotas, pero cuestionan su ausencia del padrón
La integración del padrón constituye otro punto de conflicto.
Trabajadores han documentado, según escritos presentados ante la autoridad laboral, que se les realizan descuentos por concepto de cuota sindical pero no aparecen en determinados padrones utilizados por la organización.
La discrepancia tiene consecuencias que trascienden un registro administrativo, pues el padrón está directamente relacionado con el ejercicio de derechos sindicales y la participación en procesos electorales.
Afiliados afectados han solicitado explicaciones ante el CFCRL y señalan que tampoco han recibido una respuesta que resuelva su situación.
La pregunta vuelve a ser sencilla: ¿cómo puede cobrarse una cuota sindical a un trabajador y, al mismo tiempo, no reconocérsele en el padrón utilizado para ejercer derechos dentro de la organización?
Elecciones y reformas estatutarias bajo cuestionamiento
A ello se suman controversias relacionadas con los procesos electorales internos.
Integrantes de la organización han cuestionado aspectos relacionados con el padrón, participación de secciones, registro de planillas, integración de órganos electorales, cómputo de votos y resolución de inconformidades. Parte de estas diferencias ha llegado ya a instancias laborales y jurisdiccionales.
También existen inconformidades respecto de las reformas estatutarias y el grado de conocimiento que tuvo la base sobre las modificaciones propuestas antes de su discusión.
Uno de los debates de fondo se relaciona con la naturaleza de la organización y su estrategia para acceder a determinadas formas de negociación colectiva.
Al tratarse de un sindicato históricamente integrado por trabajadores considerados de confianza de Pemex, afiliados han cuestionado cuál es la viabilidad jurídica de buscar un contrato colectivo y si modificar las referencias estatutarias sobre la condición de los trabajadores puede producir, por sí mismo, algún efecto sobre la naturaleza jurídica de las funciones que realmente desempeñan.
Servicios jurídicos: cuotas, cobros y un adeudo
La prestación de servicios jurídicos constituye otro foco de tensión.
Jubilados afiliados han cuestionado las cantidades adicionales requeridas para participar en determinados procedimientos legales pese a realizar aportaciones a la organización. El señalamiento plantea una pregunta sobre qué servicios cubre efectivamente la cuota sindical y cuáles deben ser pagados adicionalmente por el trabajador.
En sentido contrario, en la Sección 7 existe un conflicto por servicios jurídicos que ya fueron prestados y cuyo pago se reclama al sindicato.
La abogada Virginia Mendoza sostiene que atendió asuntos de trabajadores de esa sección y que existen servicios realizados que no han sido cubiertos.
La negativa de pago por parte del CEN se presenta después de que la profesionista cuestionara públicamente diversas prácticas y estrategias de la dirigencia nacional, entre ellas la rendición de cuentas, los procesos internos y la defensa jurídica de los afiliados.
Y es ahí donde el caso abre otra interrogante: si los afiliados pagan cuotas para financiar la actividad de su organización, ¿quién decide qué servicios jurídicos se contratan, cuáles se pagan y cuáles deben ser cubiertos nuevamente por los trabajadores?
Exigir derechos afuera, garantizarlos adentro
La controversia ocurre precisamente cuando la UNTyPP reclama públicamente mejores condiciones salariales para técnicos y profesionistas de Pemex.
La demanda salarial y los cuestionamientos internos son asuntos distintos y deberán analizarse con sus propias pruebas. Sin embargo, convergen en un mismo principio: una organización creada para defender derechos laborales también está sujeta a reglas respecto de los derechos de sus propios integrantes.
Los afiliados tienen derecho a preguntar por sus cuotas, conocer las cuentas, participar conforme a las reglas internas y cuestionar las decisiones de quienes los representan y no ser bloqueados o eliminados de los medios de comunicación.
Por ello, el debate sobre la UNTyPP ya no se limita a cuánto incremento salarial debe recibir un trabajador de confianza de Pemex.
También involucra preguntas dirigidas al propio sindicato:
¿Dónde están las rendiciones semestrales de cuentas? ¿Qué se pretende acreditar con las firmas que ahora se estarían solicitando? ¿Por qué trabajadores con descuento de cuota cuestionan su ausencia del padrón? ¿Qué servicios jurídicos cubren sus aportaciones? ¿Cómo se desarrollan los procesos electorales y las reformas estatutarias? ¿Y qué resultados concretos ha obtenido la organización para quienes la financian?
Responder esas preguntas requiere documentos: actas, padrones, comprobantes de cuotas, estados financieros, constancias de recepción, contratos, facturas y expedientes presentados ante las autoridades.
La dirigencia nacional de la UNTyPP deberá tener oportunidad de responder a cada uno de los señalamientos y presentar la documentación que considere pertinente.
Porque para una organización que exige transparencia, igualdad y respeto a los derechos de los trabajadores frente al patrón, la forma en que esos mismos principios se aplican dentro del sindicato también es un asunto de interés para sus afiliados.

